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La Unidad Técnica, en el Artículo 34, de la Ley Marco Para El Desarrollo Integral De La Juventud, creada mediante Decreto Legislativo No. 260-2005, Publicado en la Gaceta el 16/01/2006, las unidades Técnicas serán creadas por la Comisión de acuerdo con las necesidades del Instituto y tendrá a su cargo labores de investigación, planeación, monitoreo, evaluación, capacitación, comunicación, cooperación externa, entre otras; estarán bajo la dirección y/o coordinación inmediata del Secretario Ejecutivo, en los aspectos de organización, supervisión y control, y rendirán a ésta mensualmente el respectivo informe de labores.

La Unidad Técnica del Instituto Nacional de la Juventud está integrada por:

  1. Planificación Y Evaluación de la Gestión

  2. Capacitación

  3. Comunicación e Imagen

  4. Cooperación Externa

  5. Información Pública

  6. Género

  7. Protocolo

  8. Modernización

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